viernes, 22 de febrero de 2019

Escuela Clásica

La Escuela Clásica del Derecho Penal se desarrolló sobre la base de la "Ilustración": todos los hombres eran libres, iguales, racionales (9) y podían, por ello, actuar responsablemente como individuos.  De todos modos, la autorresponsabilidad es restringida en tanto se parte del hecho de que todo individuo, desde su potencial de comportamiento está siempre en condiciones de comportarse de un modo que podríamos llamar desviado, si bien, en última instancia, son condiciones específicas las que lo llevan a observar tal comportamiento.  No hay, pues, diferencia entre el criminal y el que respeta la ley, salvo la del hecho: Por tanto, en el centro de los análisis teóricos de la Escuela Clásica del Derecho Penal no está el actor sino el acto (10). (Molina, 1988, p.126).
Bajo esta premisa, los principales conceptos que se derivan de esta escuela, de acuerdo con Carlos Molina (1988) son los sigiuentes:

  1. Hay delito cuando se de una transgresión libre y volitiva de una ley.
  2. El delincuente es cualquier individuo, sin que para serlo deba tener características especiales diferentes de su voluntad de realizar el acto ilicito.
  3. Hay responsabilidad siempre que el individuo, pudiendo elegir libremente y en uso de sus plenas facultades, entre cumplir la ley o no cumplirla, elige la segunda.
  4.  La pena está asociada con la enmienda del daño moral a la tranquilidad de los ciudadanos, los demás efectos coyunturales como justicia, venganza, resarcimiento, entre otros, son solamente secundarios o deseables. Además, repara el daño en tanto corrige al culpable, alienta al actuar correctamente y advierte la consecuencias a quienes se orientan a infringir la ley.

Cesare Beccaria
15 de marzo 1738 - 28 noviembre 1794
Italia
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Dentro de sus postulados, algunos recopiladores como Moreno, Ramírez, de la Oliva y Moreno, (2018) indican:

  • No creer en la pena capital
  • Creer en la libertad y la educación como medio para prevenir el crimen

Para Canteli (2014):

...las leyes son la forma en que los hombres se unieron en sociedad, sacrificando una parte de su libertad individual en pro de la seguridad común. Las penas constituyen los motivos sensibles necesarios contra aquéllos que infringen las leyes. La tendencia al placer como motivador del delito, los hombres delinquen debido a la elocuencia de las pasiones, que los impulsan al logro del placer y a la evitación del dolor. La gravedad de los delitos, la naturaleza del delito reside en su nocividad social. “El daño de la sociedad es la verdadera medida de los delitos
Adicionalmente, menciona la existencia de los crímenes atroces (contra la vida) y los menores (contra la seguridad de los bienes).



Sus obras son:
  • Sobre el desorden monetario y su remedio en los estados milaneses 
  • De los delitos y las penas 
  • Investigación sobre la naturaleza del estilo
  • Elementos de economía pública 


Jeremy Bentham

26 de febrero 1748 - 6 de junio 1832
Gran Bretaña

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Se le atribuye la creación del utilitarismo, filosofía que se basaba en el valor o utilidad de los actos humanos, los cuales, a partir de el placer o sufrimiento que producía podrían o deberían ser juzgados

De acuerdo con Moreno, Ramírez, De la Oliva y Moreno (2018), "La moralidad, según Bentham, puede ser calculada matemáticamente como balance de satisfacciones y sufrimientos, resultado de determinadas acciones cualesquiera que sean".

Sus principales postulados son:

  • La evitación del dolor y la consecución del placer son los grandes detonantes para las acciones de los seres humanos y la medida para determinar lo correcto y lo incorrecto.
  • El interés común se forma de la suma de intereses particulares
  • Física, moral, religión y política son fuentes naturales del placer y el dolor.
  • El objetivo de las leyes es prevenir el daño a los individuos o la colectividad, de modo que cuando se da este daño, se debe compensar con una pena que tiene, a su vez, cuatro propósitos:
    • Prevenir el delito
    • Inducir a un delito menos dañino
    • Disponer al delincuente a no provocar mayor daño del necesario
    • Lograr la eficiencia económica de la prevención del delito
De acuerdo con Canteli (2014):
Bentham establece una serie de reglas que deberían regir la proporcionalidad entre los delitos y las penas. Las más importantes son las siguientes:
  • Regla primera: El valor de la pena no debe ser menor en ningún caso que el suficiente para compensar el beneficio del delito.
  • Regla segunda: Cuanto mayor sea el daño del delito, mayor es la gravedad de la pena con la que podrá ser compensado.
  • Regla tercera: Cuando dos delitos entran en competencia, la pena por el delito mayor debe ser suficiente para inducir a un hombre a preferir el menor.
  • Regla cuarta: La pena se debe ajustar de tal manera a cada delito concreto que para cada parte del daño debe haber un motivo que impida al delincuente la realización de este daño.
  • Regla quinta: La pena no debe ser en ningún caso superior a lo necesario para que esté en conformidad con las reglas aquí expuestas.

Sus publicaciones son:

  • A Fragment on Government
  • An Introduction to the Principles of Morals and Legislation
  • Of Laws in General
  • Defense of Usury
  • Chrestomathia
  • On the Liberty of the Press and Public Discussion
  • The Rationale of Reward
  • Rationale of Judicial Evidence
  • Constitutional Code
  • The Rationale of Punishment
  • Pannomial Fragments
  • "Offences Against One's Self" 


Pellegrino Rossi
13 de julio 1787 - 15 de noviembre 1848
Italia
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Rossi mencionaba que para todo ser existía un orden moral, y este tenia que cumplirse y llevarse a cabo por los demás, pues, los seres humanos al ser capaces de pensar, inteligentes y libres de tomar decisiones que posteriormente traerían consecuencias, ya fueran negativas o positivas, tenían la obligación de reconsiderar sus actos para lograr una sana convivencia, siendo esto lo que distingue a los seres humanos del resto de seres vivos no conscientes de su actuar.
Aquí es donde se puede decir que ese orden moral tiene la función de ejercer cierta influencia por parte de la mayoría, lo cual conlleva al control social, esto a su vez origina de cierta manera que los individuos salgan del estereotipo marcado por la misma sociedad, es decir, muchas veces ocasiona que en los individuos genere una problemática existencial en su ser interno.
Así mismo dentro de sus postulados refiere que aquel sujeto capaz de juzgar un acto delictivo es un ser superior, estos individuos son seleccionados mediante ciertas habilidades desarrolladas para el derecho y la obligación de juzgar sin arbitrariedad, de esta manera se puede decir, que el hombre es un ente de control social mediante el cual se pueden llegar a prevenir actos delictivos. Criminología clásica 803 (2017).

De acuerdo con Alvarez, Montenegro y Martínez (2012),  Rossi estaba convencido de la existencia de un orden moral que tiene que ser aplicado a la sociedad y por tanto los hombres deberían seguirlo, dado el caracter social del ser humano.  Los derechos y obligaciones surgían además de ese órden obligatorio.

En su pensamiento, si bien entiende que el ser humano es inteligente y puede juzgar, ese derecho le pertenece a un ente superior y el castigo es la base del derecho.


Sus obra publicadas son:

  • Curso de Economía Política
  • Tratado de Derecho Penal
  • Filosofía del Delito
  • Teoría de las Penas y de las Recompensas




Referencias

Alvarez, G., Montenegro, M., Martinez, J., (2012). Notas para la Historia de la Criminología

Canteli, I. (2014). Escuela Clásica. Crimipedia. Recuperado de http://crimina.es/crimipedia/topics/escuela-clasica/

Lacayo,E. (sin fecha). Fundamentos de Criminología.

Moreno, V., Ramírez, M.E., De la Oliva, C., Moreno, E. (2018). Cesare Beccaria. Busca Biografías. Recuperado de 
https://www.buscabiografias.com/biografia/verDetalle/5652/Cesare%20Beccaria, https://www.buscabiografias.com/biografia/verDetalle/559/Jeremy%20Bentham

Criminología Clasica 803, (2017). Autores de la Criminología Clásica. Recuperado de http://criminologiaclasica803.blogspot.com/2017/06/autores-de-la-criminologia-clasica_4.html


1 comentario:

  1. Sin duda, el derecho penal fue un buen logro aun faltaba ser acusado de acuerdo al delito y no a la magnitud del delito mayor, sin embargo un buen aporte.

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